Las Cámaras de Comercio como sujetos no tradicionales no les aplica los planes en los términos del artículo 74 de la ley 1474 de 2011.
La Cámaras de Comercio como organizaciones de naturaleza privada, no están obligadas a la inscripción en el respectivo Banco de Programas y Proyectos de Inversión, conforme lo dispone el artículo 77 de la Ley 1474 del 2011.
La Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal, es un sujeto obligado no tradicional. Este numeral aplica para las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta con base en lo establecido en el anexo 2 de la Resolución 1519 de 2020
Las cámaras de comercio como organizaciones privadas no están comprendidas en entidades de la rama ejecutiva de los niveles nacional y territorial del sector central y las descentralizadas por servicios o territorialmente. No les aplica la Ley 87 de 1993 por lo tanto no les obliga este reporte, ni ningún otro que se regule en este marco
Las Cámaras de Comercio, como entidades de naturaleza privada, no realizan informes sobre defensa pública en los términos de las entidades públicas .